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SÍNDICO


Materia

1. Datos del fallo analizado
“Sindicatura en autos: Faur Carlos Alberto – Quiebra pedida simple - (Expte. 2432486/36) c/ Faur Carlos Alberto y otro – Ordinario – Simulación –Fraude – Nulidad - Expte. 6246009” - Auto Int. Nº 218 de fecha 3 de agosto de 2017, dictado por la Cámara de Apelaciones de Séptima Nominación en lo Civil de la Ciudad de Córdoba (Vocales: Molina de Caminal, Flores, Remigio).
(Semanario Jurídico Nº: 2286, 31/12/2020 )
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(Semanario Jurídico Nº: 1901, 11/04/2013 )
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Sumario: I. El debate suscitado. II. Las distintas soluciones jurisprudenciales. II. 1. La postura de quienes le vedan legitimación al síndico. II. 2. Los argumentos a favor del funcionario concursal. III. El régimen instituido en la ley 14394. III. 1. La exclusión del bien de la universalidad patrimonial. III. 2. La tutela del bien de familia frente al proceso quebratorio. IV. El disenso en el derecho judicial. V. El régimen tuitivo. V. 1. Las características del sistema. V. 2. La finalidad de la afectación del bien. V. 3. Dominio y vivienda familiar: “vinculación real”. VI. La falencia del instituyente. VI. 1. La exclusión absoluta del bien ante la quiebra. VI.2. La incorporación del inmueble al pasivo si existen acreedores anteriores a la inscripción. VI. 3. Ejecución en beneficio de los acreedores anteriores a la tutela del bien. VI. 4. La distinción entre acreedores anteriores y posteriores a la protección del régimen. VII. La confluencia de dos regulaciones normativas. VII. 1. La ley 24522 no altera la oponibilidad de la ley 14394. VII. 2. La inoponibilidad de los créditos de los acreedores anteriores. VII.3. El saldo y su imposibilidad de ser agredido por acreedores posteriores. VII. 4. La posibilidad de sustituir el bien. VIII. La viabilidad de la legitimación sindical. VIII. 1. La justificación de la desafectación de//del?? bien. VIII. 2. Cuando el bien no es asiento del hogar familiar. VIII. 3. El período de sospecha: ineficacia del acto. IX. Conclusiones
(Semanario Jurídico Nº: 1711, 18/06/2009 )
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Sumario: I. Cuestión preliminar. II. Las modificaciones de la ley concursal. III. Las reglas arancelarias. III. 1. Los honorarios en el concurso preventivo. III. 2. Los honorarios en la quiebra. III. 3. Una aclaración previa. IV. Una cuestión compleja. IV. 1. Los honorarios de la sindicatura en caso de frustración del concurso preventivo. IV. 2. Las distintas opiniones. IV. 3. Antecedentes del derecho judicial. IV. 3.a. El criterio de la única regulación. IV. 3. b. La viabilidad de la sumatoria de escalas. IV. 4. Un necesario discernimiento en caso de acuerdo homologado. IV. 5. La pertinencia de la doble regulación. IV. 6. Un cuestionamiento necesario. IV. 6. a. Los derechos adquiridos. IV. 6. b. La unicidad del proceso y la diversidad de etapas. IV. 6. c. El carácter alimentario de los honorarios. V. El impacto de la reforma de la ley 26086. V. 1. Las nuevas funciones sindicales. V. 2. El perfil profundizado de la sindicatura. V. 3. El anacronismo de las escalas arancelarias. V. 4. Una tarea funcional no contemplada.V. 5. En busca de pautas objetivas. V. 5 a. Nuevos criterios de valoración. V.5.b. Un arancel “irrisorio”. V.5.c. La readecuación de la base económica de regulación. V.5.d. Un intento de respuesta para una tarea que debe ser remunerada. V. 5. e. La “desatracción” de la ley 26086. VI. Conclusiones
(Semanario Jurídico Nº: 1703, 23/04/2009 )
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Sumario: I. Planteo preliminar. II. La protección jurídica del bien de familia. II. 1. La afectación del inmueble como asiento del hogar. II. 2. Legitimados pasivos. II. 3. Un caso especial. III. El perfil jurídico del instituto. III. 1. La génesis del bien de familia. III. 2. La protección de la familia. III. 3. La vinculación real entre el inmueble y su destino. IV. La falencia del titular del inmueble. IV. 1. La existencia de acreedores anteriores como causa de la desafectación e ingreso a la masa concursal del producido del bien. IV. 2. La petición de los acreedores anteriores, únicos habilitados a pedir la inoponibilidad del bien de familia. IV. 3. La formación de masas separadas. IV. 4. La confluencia de las leyes 14394 y 24522. IV. 5. El principio de subrogación real. V. Los supuestos que dejan sin sustento la inexistencia del bien de familia. V.1. La existencia de la causa de la tutela. V.2. La legitimación sindical y el ingreso a la masa concursal. VI. Epítome.
(Semanario Jurídico Nº: 1679, 16/10/2008 )
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Sumario: 1. Introducción. 2. Antecedentes: la labor de la sindicatura. 3. El régimen arancelario de la ley 19551. 3.1. La regla: la pertinencia del asesoramiento letrado. 3.2. El sistema arancelario en el viejo ordenamiento. 4. El nuevo esquema legal de la ley 24522. 5. La integración del sistema regulatorio. 6. El beneficiario de la labor del letrado sindical. 7. La eventual inconstitucionalidad del art. 257. 8. Reflexiones sobre el nuevo criterio judicial.
(Semanario Jurídico Nº: 1608, 17/05/2007 )
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