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PRINCIPIO DE CONGRUENCIA


(Semanario Jurídico Nº: 2289, 04/02/2021 )
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(Semanario Jurídico Nº: 1861, 14/06/2012 )
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(Semanario Jurídico Nº: 1860, 07/06/2012 )
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Sumario: I. Significado del principio de congruencia. II. Hechos no introducidos. III. Descripción de daños sin demandar su indemnización. IV. Pretensiones resarcitorias por daños no descriptos. V. Rubros reclamados sólo por algunos actores. VI. Daños legalmente presumidos pero no demandados. VII. Rubros pedidos tardíamente. VIII. Alteración judicial de rubros. IX. Los daños económicos no pueden ser convertidos en espirituales ni a la inversa. X. Las zonas grises. XI. La congruencia en los daños a las personas. XII. Agravación o disminución del daño, sobrevinientes a la demanda. XIII. Daños producidos o agravados por mora del responsable durante el proceso. XIV. Reajuste monetario no demandado. XV. La fórmula “o lo que en más o en menos resulte de la prueba”. XVI. La fórmula “o lo que en más o en menos determine el tribunal”. XVII. Intereses moratorios no demandados. XVIII. Agravio sólo contra la tasa o la fecha de los intereses
(Semanario Jurídico Nº: 1706, 14/05/2009 )
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Sumario: I. Introducción. Planteo del problema. II. Tipos de incongruencia. Particularidades. III. Límites a las potestades judiciales. Modelos. IV. Flexibilización del principio de Congruencia. Principio iura novit curia. Supuestos especiales. V. Conclusión
(Semanario Jurídico Nº: 1632, 31/10/2007 )
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