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Junyent Bas, Francisco; Berardo, Mónica e Izquierdo Silvina |
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En torno a parámetros objetivos para regular los honorarios de la sindicatura
Sumario: I. Cuestión preliminar. II. Las modificaciones de la ley concursal. III. Las reglas arancelarias. III. 1. Los honorarios en el concurso preventivo. III. 2. Los honorarios en la quiebra. III. 3. Una aclaración previa. IV. Una cuestión compleja. IV. 1. Los honorarios de la sindicatura en caso de frustración del concurso preventivo. IV. 2. Las distintas opiniones. IV. 3. Antecedentes del derecho judicial. IV. 3.a. El criterio de la única regulación. IV. 3. b. La viabilidad de la sumatoria de escalas. IV. 4. Un necesario discernimiento en caso de acuerdo homologado. IV. 5. La pertinencia de la doble regulación. IV. 6. Un cuestionamiento necesario. IV. 6. a. Los derechos adquiridos. IV. 6. b. La unicidad del proceso y la diversidad de etapas. IV. 6. c. El carácter alimentario de los honorarios. V. El impacto de la reforma de la ley 26086. V. 1. Las nuevas funciones sindicales. V. 2. El perfil profundizado de la sindicatura. V. 3. El anacronismo de las escalas arancelarias. V. 4. Una tarea funcional no contemplada.V. 5. En busca de pautas objetivas. V. 5 a. Nuevos criterios de valoración. V.5.b. Un arancel “irrisorio”. V.5.c. La readecuación de la base económica de regulación. V.5.d. Un intento de respuesta para una tarea que debe ser remunerada. V. 5. e. La “desatracción” de la ley 26086. VI. Conclusiones
(Semanario Jurídico Nº: 1703, 23/04/2009 )
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