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 :: Semanario Juridico :: Doctrina :: Semanarios :: Tomo 126  

Semanario Número 2373


Cuadernillo : 13
Tomo : 126
Año: 2022 - B

Para ver el artículo completo, hacer clic en el título correspondiente.

 

(1-1/1)
Articulo:
Las consecuencias de la pandemia en el cumplimiento de las obligaciones
Resumen. La pandemia provocada por el virus Covid-19 y las medidas adoptadas por el Estado para mitigar sus consecuencias son hechos jurídicos en los términos del art. 257 del CCCN. En este contexto, el incumplimiento de la obligación puede revestir dos maneras. En primer lugar, los supuestos de mora, cumplimiento parcial o defectuoso de la prestación y, en segundo término, el incumplimiento absoluto y definitivo de la obligación por imposibilidad de cumplimiento. En el primer caso, los institutos contemplados por el CCCN, tales como la acción preventiva de daños, la imprevisión, la frustración de la finalidad de contrato, la suspensión del cumplimiento de la obligación, el pago con beneficio de competencia, el pago a mejor fortuna, la exención de los efectos de la mora, los principios de buena fe y de proscripción del ejercicio abusivo de los derechos; y, en el segundo caso, la imposibilidad de cumplimiento, el caso fortuito y la fuerza mayor, brindan las herramientas necesarias al operador jurídico para resolver situaciones novedosas que se plantean en la realidad jurídica y económica en diversos ámbitos vinculados al comercio, transporte, turismo, gastronomía, hotelería, combustibles, espectáculos públicos y deportivos, contratos de obras y de servicios, alquileres, entre otros.
(Semanario Jurídico Nº: 2373, 27/09/2022 )


 

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