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Semanario Número 1605 |
Cuadernillo : 15 |
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El plazo de impugnación societaria y la mediación obligatoria. Un conflicto normativo no resuelto por el Plenario “Giallombardo” (Nota a Fallo)
Sumario: I. Proemio. II. El encuadre legal. III. Los fundamentos del voto de la mayoría. La mediación no suspende el plazo de caducidad. a. La caducidad no está sujeta a vicisitud alguna. b. Imposibilidad de aplicar la analogía. IV. La minoría: el voto de los jueces Heredia, Monti y Bargalló. IV.a. El voto del Dr. Heredia. a.1. El reconocimiento de la caducidad y el ejercicio del derecho. a. 2. El requerimiento de mediación implica ejercicio del derecho e impide la caducidad. IV. b. El voto del Dr. Monti. El criterio de la prescripción. IV. c. El voto del Dr. Bargalló. La aplicación analógica del art. 29 de la Ley de Mediación. V. La resolución del plenario y la función judicial. A propósito de la construcción de la sentencia. Acerca del razonamiento judicial. VI. La cuestión sometida a plenario. a. La contradicción normativa. b. El “entuerto” legislativo y el ejercicio de la opción. VII. El derecho de defensa. VIII. Conclusión
(Semanario Jurídico Nº: 1605, 26/04/1976 )
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