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 :: Semanario Juridico :: Doctrina :: Semanarios :: Tomo 111  

Semanario Número 1995


Cuadernillo : 8
Tomo : 111
Año: 2015 - A

Para ver el artículo completo, hacer clic en el título correspondiente.

 

(1-1/1)
Articulo:
Las cargas dinámicas en el nuevo Código Civil
SUMARIO: 1. La carga de la prueba. 2. ¿Por qué regular las cargas probatorias? 3. Los artículos 1734, 1735 y 1736 son procesales. 4. Una fórmula transaccional. 5. Qué es el dinamismo probatorio. 6. Razones para decidir con justicia. 7. Cuándo funcionan las cargas dinámicas. 8. No son un “deber de colaboración”. 9. No son un castigo al litigante de mala fe. 10. No son novedosas. 11. No son tan excepcionales. 12. Pueden operar en ambos sentidos. 13. Favorecen la verdad. 14. Las cargas dinámicas como “atenuación”. 15. El interesado debe demostrar que corresponden las cargas dinámicas. 16. Su importancia en la responsabilidad civil. 17. Existen varias inversiones probatorias a favor del damnificado. 18. No sólo para el factor subjetivo de atribución. 19. El juez “debe” aplicar las cargas dinámicas. 20. ¿Comunicación anticipada del criterio judicial? 21. Evaluación crítica. 22. Otras críticas a la comunicación judicial previa. 23. Conclusiones generales. 24. Conclusiones sobre el art. 1735
(Semanario Jurídico Nº: 1995, 12/03/2015 )


 

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