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ADMISIÓN DE LA PRUEBA |
PERÍODO DE PRUEBA. Plazo fatal. Recepción de prueba fuera del plazo probatorio: procedencia. PRUEBA TESTIMONIAL. Modo de instarla vencido dicho plazo. Rechazo. ADMISIÓN CONDICIONAL: Doctrina art. 91, CPC. Necesidad de contracautela. Oportunidad para ofrecerla
Usandivaras, Andrea c/ Cablevisión SA – Ordinarios – Otros – Prueba de la demandada Cablevisión SA
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Cámara 2a Civil y Comercial , Córdoba
(Semanario Jurídico Nº: 1973, 18/09/2014 ) |