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AMPLIACIÓN DE DICTAMEN PERICIAL |
Comunicaciones entre juzgados. OFICIO LEY 22.172. Facultades del juez oficiado. Límites. Pedido de ampliación de dictamen pericial. Planteo sobre aspectos para los que no está autorizado. Improcedencia
Oficio Ley 22.172 del Juzgado Civil, Comercial y de Flia. de 2ª Nom. de Villa María, provincia de Córdoba, en autos: Palacios de Garay, María Margarita c/ Asociart, Aseguradora de Riesgos del Trabajo y Otros – Daños y Perjuicios
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Cámara 7a Civil y Comercial, Córdoba
(Semanario Jurídico Nº: 1424, 04/09/2003 ) |