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Juzg. CC y CA Fed. Sala II, La Plata, Bs. As |
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Reseña / Fallo | |
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AMPARO
Actora de nacionalidad peruana. Pensión por discapacidad.Art. 1, inc. e, decreto Nº 432/1997. Requisitos: Residencia mínima continua en el país de 20 años. No acreditación. INCONSTITUCIONALIDAD. Prohibición de trato discriminatorio en razón del origen nacional. Precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Caso “Reyes Aguilera”. Aceptación leal por los Tribunales inferiores. Procedencia del amparo
Miranda Castillo, Gloria Trinidad c/ Estado Nacional – Ministerio de Desarrollo Social de la Nación s/ Amparo Ley 16.986
(Semanario Jurídico Nº: 2028, 29/10/2015 )
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