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Cámara del Trabajo, Sala II, Neuquén |
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Reseña / Fallo | |
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LICENCIA POR ENFERMEDAD
CARGAS DE FAMILIA. Alegación de la trabajadora. Art. 208, LCT. Incumplimiento de los plazos previstos en la norma. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR. Percepción de beneficios sociales. Obligación de gestión ante los organismos sociales. Incumplimiento. DESPIDO INDIRECTO. Procedencia
Arze, Sofía Gladys c/ Fundac. Educar p/ La Excelencia s/ Despido por Otras Causales - Expte. Nº 426595/2010
(Semanario Jurídico Nº: 2039, 28/01/2016 )
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