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VIGILADOR |
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Jurisprudencia |
Materia |
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JORNADA DE TRABAJO
VIGILADOR. Sistema de turnos rotativos.Nocturnidad: Reclamo por diferencia de horas suplementarias. Art. 200, LCT. Limitación de la jornada nocturna. Concordancia con el art. 202, LCT. Trabajo en equipo. HORAS EXTRAS. Trabajo en exceso de la jornada legal no demostrado. CARGA DE LA PRUEBA. Falta de claridad en lo peticionado. Incumplimiento del art. 46, LPT. Improcedencia de la demanda
Astrada, Jorge Daniel c/ G4s Soluciones de Seguridad SA - Ordinario - Haberes - Expte. Nº 189860/37
Cámara del Trabajo - Sala VII, Córdoba
(09/06/2016 ) |