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 :: Semanario Juridico :: Tesauro  

CONDICIÓN SUSPENSIVA


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Doctrina

(1-2/2)
Las consecuencias de la pandemia en el cumplimiento de las obligaciones
Resumen. La pandemia provocada por el virus Covid-19 y las medidas adoptadas por el Estado para mitigar sus consecuencias son hechos jurídicos en los términos del art. 257 del CCCN. En este contexto, el incumplimiento de la obligación puede revestir dos maneras. En primer lugar, los supuestos de mora, cumplimiento parcial o defectuoso de la prestación y, en segundo término, el incumplimiento absoluto y definitivo de la obligación por imposibilidad de cumplimiento. En el primer caso, los institutos contemplados por el CCCN, tales como la acción preventiva de daños, la imprevisión, la frustración de la finalidad de contrato, la suspensión del cumplimiento de la obligación, el pago con beneficio de competencia, el pago a mejor fortuna, la exención de los efectos de la mora, los principios de buena fe y de proscripción del ejercicio abusivo de los derechos; y, en el segundo caso, la imposibilidad de cumplimiento, el caso fortuito y la fuerza mayor, brindan las herramientas necesarias al operador jurídico para resolver situaciones novedosas que se plantean en la realidad jurídica y económica en diversos ámbitos vinculados al comercio, transporte, turismo, gastronomía, hotelería, combustibles, espectáculos públicos y deportivos, contratos de obras y de servicios, alquileres, entre otros.
(27/09/2022 )
Una acertada diferenciación jurisprudencial: Frustración del fin, condición y resolución por incumplimiento
SUMARIO: 1. El caso anotado. 2. Incorporación de la frustración del fin del contrato al Código Civil y Comercial de la Nación. 3. Deslindes imprescindibles. 4. Colofón
(29/09/2016 )

Jurisprudencia

(1-1/1)
Materia
VICISITUDES CONTRACTUALES
CONTRATO DE CONCESIÓN. Subcontrato para construcción de refugios en las paradas de transporte en rutas. CONDICIÓN SUSPENSIVA: Otorgamiento de habilitación. Falta de diligencia para el cumplimiento del hecho condicionante. Acreditación. Sanción: Cumplimiento ficto de la condición (art. 537/8, CC). Régimen en el CCCN. RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL. PÉRDIDA DE CHANCE PRODUCTIVA. Análisis. Procedencia. Cuantificación. INTERESES. Dies a quo. FRUSTRACIÓN DEL FIN DEL CONTRATO. RESOLUCIÓN CONTRACTUAL POR INCUMPLIMIENTO. Diferenciación respecto de la condición
Rodar SRL c/ Caminos de las Sierras SA - Ordinario - Cumplimiento/ Resolución de Contrato - Recurso de Apelación (Expte. N° 579193/36)
Cámara 9a Civil y Comercial, Córdoba
(29/09/2016 )


 

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