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 :: Semanario Juridico :: Tesauro  

RESERVA DE GASTOS


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Doctrina

(1-1/1)
Concurso especial: la reserva de gastos y el mal llamado “régimen de costas”
Sumario: I. La reserva de gastos en el concurso especial. I. 1. La “contribución” en la realización del bien. I. 2. Una categoría propia. Los gastos de justicia. I. 3. Significación: cobro anticipado del crédito y de los gastos de justicia. II. El art. 244 de la LC y la ausencia de normas en materia arancelaria. II. 1. El porcentaje del producido del bien asiento del privilegio. II. 2. La llamada prededucibilidad. III. Rubros comprendidos. III. 1. La extensión de la reserva. III. 2. Los gastos y honorarios. IV. Un debate inconcluso. IV. 1. ¿Reserva o costas? IV. 2. ¿Concurso general o especial? V. El régimen de contribución y/o costas. V. 1. Consideraciones generales. V. 2. Diversas alternativas. VI. El debate sobre el régimen arancelario. VI. 1. Ubicación normativa. VI. 2. Asimilación del concurso especial a la naturaleza jurídica del incidente. VI. 3. Equiparación del concurso especial a los procesos de ejecución. VII. En busca de un criterio.
(22/05/2008 )

Jurisprudencia

(1-1/1)
Materia
CONCURSOS Y QUIEBRAS (Reseña de Fallo)
QUIEBRA. Liquidación general. Producido del inmueble hipotecado. RESERVA DE GASTOS. Interpretación del art. 244, LCQ. Obligación de contribuir del acreedor hipotecario adquirente en subasta. Alcance (créditos fiscales, remuneraciones del sereno y honorarios del síndico)
Provincia de Mendoza (Ente de Fondos Res. de los Bcos. Mza. y Prev. Soc. SA) en j° 40.744 Lascar SA p/ Conc. Prev. hoy su quiebra s/ Pza. Sep. de Licitación s/ Cas.
Suprema Corte de Justicia - Sala I, Mendoza
(14/07/2005 )


 

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